Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de una sentencia proferida por la Sala Segunda de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en segunda instancia, dentro de un proceso ordinario laboral.
Sentido de la decisión
La Sala resolvió modificar parcialmente la sentencia de primera instancia en el siguiente sentido:
- Modificar el monto reconocido por concepto de cesantías, reduciéndolo a $1.500.000.
- Confirmar en lo demás la sentencia apelada, que declaró la existencia de un contrato verbal de trabajo entre las partes desde marzo de 2003 hasta marzo de 2024.
- No imponer costas en esta instancia.
Razón principal de la decisión
La Sala fundamentó su decisión en la aplicación del principio de la primacía de la realidad y la presunción prevista en el artículo 24 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), que establece que la prestación personal del servicio activa la presunción de existencia de contrato laboral. Corresponde a quien niega la subordinación desvirtuar esta presunción. El tribunal concluyó que, pese a los argumentos del apelante sobre la supuesta autonomía en la prestación del servicio, no se desvirtuó la subordinación. Se valoraron los interrogatorios y testimonios que evidenciaron la prestación personal, habitual y subordinada del servicio doméstico en el domicilio del demandado. Se destacó que la trabajadora tenía llaves para ingresar al inmueble por instrucciones del empleador, que se registraba su horario de ingreso, que no podía delegar sus funciones y que cumplió un horario fijo semanal durante más de 20 años. Estos elementos fueron considerados suficientes para confirmar la existencia del contrato laboral. En...