Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de autos de sustanciación proferidos por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, Despacho 001 Sala Laboral, en segunda instancia procesal. Los autos corresponden a diferentes procesos laborales y de seguridad social, incluyendo apelaciones y recursos de casación.
Sentido de la decisión
- Se acepta la apelación y/o consulta presentada en algunos procesos.
- Se corre traslado a las partes para que alleguen alegaciones por escrito en un término de cinco días.
- Se dispone la devolución de un expediente al juzgado de origen para completar el contenido probatorio, en especial las grabaciones de audiencias de práctica de pruebas, por estar incompleto.
- Se informa que los procesos son estudiados conforme al orden de llegada y por tema, sin alteración del orden salvo excepciones legales.
- Se indica que, una vez elaborado el proyecto de sentencia y aprobado por la mayoría de la Sala, se fijará la fecha de la audiencia o publicación, o se pasará la ponencia a otro magistrado en caso de ser derrotada.
- Se tienen por contestados los impulsos procesales presentados hasta la fecha de emisión del auto.
Razón principal de la decisión
La decisión se sustenta en el cumplimiento obligatorio del orden de estudio y despacho de expedientes conforme al artículo 18 de la ley 446 de 1998. Esta norma establece que los jueces deben dictar sentencias en el mismo orden en que los expedientes llegan al despacho, salvo casos de sentencia anticipada o prelación legal, y que alterar dicho orden constituye una falta disciplinaria. Además, se resalta la necesidad...