Naturaleza de la providencia y tribunal
La Sala Cuarta de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Buga confirmó en apelación la sentencia No. 006 del Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Tuluá, proferida en primera instancia.
Sentido de la decisión
- Confirmar la existencia y términos del contrato laboral entre la trabajadora y el empleador.
- Confirmar condena al empleador para pagar prestaciones sociales adeudadas, vacaciones, auxilio de transporte, horas extras y la indemnización moratoria establecida en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Confirmar condena al empleador para pagar aportes pendientes al sistema de seguridad social.
- Imponer las costas procesales en esta instancia a cargo del empleador y a favor de la trabajadora.
Razón principal de la decisión
La Sala consideró que la parte demandada no acreditó plenamente el pago de las prestaciones sociales reclamadas, toda vez que los recibos presentados correspondían exclusivamente a salarios inferiores al salario mínimo legal vigente y carecían de la firma de la trabajadora que comprobara la recepción de pagos por prestaciones. Además, se comprobó que la afiliación al sistema de seguridad social en pensión y salud ocurrió tardíamente, incumpliendo la obligación legal del empleador, que es indelegable y no depende del consentimiento del trabajador. En cuanto a la indemnización moratoria, se constató que el pago de liquidación se realizó por consignación judicial con retraso injustificado, lo cual justifica la condena conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.
Antecedentes fácticos y procesales
La trabajadora demandó al empleador por la existencia de un contrato de trabajo desde mayo...