Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un auto dictado por la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz, en el marco del trámite de supervisión y revisión de beneficios provisionales. La decisión tiene lugar en la instancia de revisión de un beneficio de libertad condicionada otorgado por la Sala de Amnistía o Indulto.
Sentido de la decisión
- Se requiere a la defensa y al beneficiario de libertad condicionada para que, dentro de los diez días siguientes a la notificación, informen sobre el estado actual de la comparecencia ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
- Se ordena remitir copia del auto a la Relatoría y a la Secretaría Ejecutiva de la JEP, conforme a los acuerdos internos vigentes.
- Se dispone la notificación de la decisión al compareciente, a su defensa y al Ministerio Público.
- Se advierte que contra este auto procede el recurso de reposición, según lo establecido en la ley aplicable.
Razón principal de la decisión
El fundamento principal del auto radica en el principio de continua adaptación de la comparecencia, previsto en el artículo 157 de la Ley 1957 de 2019 y desarrollado en la jurisprudencia constitucional y del Tribunal para la Paz. Este principio exige que los beneficiarios de libertades provisionales, en especial aquellos no amnistiados o no indultados, mantengan una comparecencia actualizada y efectiva ante la JEP para garantizar el cumplimiento del régimen de condicionalidad, la contribución a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.
Antecedentes relevantes
- El trámite se inició con la avocación de conocimiento...