Entidad proponente y plazo para comentarios
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) publicó el 17 de octubre de 2026 el proyecto de resolución para consulta pública. El plazo para presentar observaciones y sugerencias es de ocho (8) días calendario contados desde la publicación en el portal web de la CREG, conforme al artículo 2.1.2.1.1.3.3 del Decreto 1073 de 2015 y el artículo 34 de la Resolución CREG 105 003 de 2023. Los comentarios deberán enviarse por correo electrónico a la Dirección Ejecutiva de la CREG, a la cuenta creg@creg.gov.co, con el asunto «Comentarios sobre la Resolución CREG 701 154 de 2026».
Objeto del proyecto
El proyecto modificaría y adicionaría la Resolución CREG 101 127 de 2026, la cual establece medidas transitorias para garantizar el abastecimiento de energía eléctrica durante el fenómeno climático de El Niño 2026-2027. Busca ajustar reglas relacionadas con la generación térmica, hidráulica, y la liquidación de desviaciones en el mercado mayorista de energía, con el fin de preservar la confiabilidad del Sistema Interconectado Nacional (SIN) ante el riesgo de desabastecimiento energético.
Disposiciones y obligaciones propuestas
El proyecto establecería las siguientes modificaciones principales:
- Modificación del parágrafo del artículo 10 de la Resolución CREG 101 127 de 2026 para reconocer como reconciliación positiva la energía programada que se genere en la operación real pero que no sea mérito en el Despacho Ideal, con un precio ajustado que incluye costos operativos y de mantenimiento.
- Adición de un parágrafo al artículo 11 para considerar en el cálculo del precio de reconciliación positiva que, cuando el valor del...