Auto del Consejo de Estado admite recurso extraordinario de revisión y concede amparo de pobreza

Proviene de: Sentencias

4 de noviembre de 2026 5:51:51

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia es un auto emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Subsección B, del Consejo de Estado, en segunda instancia, en el trámite de un recurso extraordinario de revisión interpuesto contra una sentencia de un Tribunal Administrativo.

Sentido de la decisión

  • Se admite el recurso extraordinario de revisión presentado contra la sentencia proferida en un proceso de reparación directa.
  • Se concede el amparo de pobreza solicitado por los recurrentes.
  • Se ordena la notificación personal del auto a las partes del proceso originario, al agente del Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
  • Se corre traslado del recurso a los demandados y al Ministerio Público por un término de diez días para que se pronuncien.

Razón principal de la decisión

El auto se basa en que la parte recurrente subsanó oportunamente la omisión señalada en la inadmisión inicial, aportando la constancia de ejecutoria de la sentencia que se impugna, requisito indispensable para la admisión del recurso extraordinario de revisión. Además, se verificó que la solicitud de amparo de pobreza cumple con los requisitos establecidos en los artículos 151 y 152 del Código General del Proceso, dado que los recurrentes afirmaron bajo juramento no contar con recursos económicos suficientes para afrontar los gastos del proceso sin afectar su subsistencia ni la de las personas a su cargo.

Antecedentes fácticos y procesales

El recurso extraordinario de revisión fue inicialmente inadmitido debido a la falta de presentación de la constancia de ejecutoria de la sentencia objeto del recurso. La...

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