Tipo de Acuerdo y Entidades Involucradas
El Acuerdo 550 de 2025, firmado el 10 de diciembre de 2025 por el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), constituye un acto administrativo de carácter interadministrativo. La ANT es la entidad responsable de su suscripción y ejecución, en cumplimiento de sus facultades legales conferidas por la Ley 160 de 1994 y demás normativas vigentes. El territorio principal involucrado es el municipio de Florida, departamento del Valle del Cauca, en beneficio de la comunidad indígena San Juan Páez Loma Gorda, del pueblo Nasa.
Objeto y Finalidad del Acuerdo
El acuerdo tiene como objeto constituir formalmente el Resguardo Indígena San Juan Páez Loma Gorda sobre dos predios de propiedad privada de la comunidad, con un área total aproximada de 47 hectáreas con 3.095 metros cuadrados. La finalidad es reconocer la propiedad colectiva de estas tierras bajo la figura de resguardo indígena, con carácter inalienable, imprescriptible e inembargable, garantizando así los derechos territoriales de la comunidad y fortaleciendo su autonomía y cultura ancestral.
Ámbito de Aplicación y Disposiciones Principales
El ámbito de aplicación es territorial, circunscrito a los predios denominados "Montebello" y "El Respaldo", ubicados en Florida, Valle del Cauca. Entre las disposiciones más relevantes se destacan:
- La exclusión expresa de bienes de uso público como ríos, arroyos, lagos, caminos y puentes, que permanecen bajo dominio de la Nación.
- El reconocimiento de la propiedad colectiva y su naturaleza jurídica conforme al artículo 63 de la Constitución Política y el Decreto 1071 de 2015.
- La administración y manejo del resguardo estarán a cargo del cabildo o autoridad tradicional según los usos y costumbres de la comunidad.
- La obligación de cumplir con la función social y ecológica de la propiedad, incluyendo la conservación ambiental y el desarrollo sostenible.
- La regulación de servidumbres de tránsito, acueducto, canales de riego o drenaje que aseguren el beneficio y desarrollo del resguardo.
- El compromiso de elaborar un Plan de Vida y Salvaguarda que refleje la cosmovisión y prácticas culturales de la comunidad.
Impacto Potencial y Relevancia para la Comunidad y el Territorio
La constitución del resguardo fortalece la protección de los derechos territoriales colectivos del pueblo Nasa, contribuyendo a la preservación de su identidad cultural, autonomía y formas de vida tradicionales. Asimismo, protege ecosistemas estratégicos, cuencas hídricas y fomenta prácticas sostenibles que contribuyen a la mitigación del cambio climático y la conservación ambiental. Beneficiará directamente a 344 personas distribuidas en 115 familias, promoviendo la cohesión social y la gobernanza comunitaria en el territorio.
Sustento Legal y Procedimiento
El acuerdo se fundamenta en preceptos constitucionales (artículos 7, 63, 246, entre otros), normatividad nacional (Ley 160 de 1994, Ley 2294 de 2023, Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015, Decreto Ley 2363 de 2015) y en el Convenio 169 de la OIT, incorporado en el bloque de constitucionalidad. El procedimiento administrativo siguió los pasos previstos en el Decreto 1071 de 2015, incluyendo solicitud comunitaria, elaboración de estudio socioeconómico, jurídico y de tenencia de tierras, visitas técnicas, procedimientos catastrales y emisión del concepto previo favorable por parte del Ministerio del Interior.
Mecanismos de Seguimiento y Evaluación
El acuerdo establece la responsabilidad de las autoridades tradicionales para la administración y manejo del resguardo conforme a los usos y costumbres. Asimismo, la ANT y entidades territoriales como la Alcaldía de Florida y la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres deberán coordinar acciones para garantizar la función social y ecológica de la propiedad y la gestión integral del territorio. El cabildo está facultado para elaborar y revisar periódicamente el cuadro de asignaciones de tierras, asegurando la distribución equitativa.
Contexto Adicional
Este acto se inscribe en la política nacional de reconocimiento, protección y consolidación de territorios indígenas, en cumplimiento de mandatos constitucionales y acuerdos internacionales. Además, responde a un proceso de larga data que incluye antecedentes históricos, condiciones sociales y ambientales propias del pueblo Nasa en la región, y se alinea con los esfuerzos para garantizar la paz, el desarrollo rural integral y la defensa de los derechos étnicos en Colombia.
Este acuerdo representa un paso significativo en la formalización de territorios indígenas y la garantía de derechos colectivos, aportando a la diversidad cultural y la sostenibilidad ambiental del Valle del Cauca y del país en general. Con su implementación, se espera fortalecer la gobernanza indígena y promover la participación activa de la comunidad en la toma de decisiones sobre su territorio, asegurando un futuro sostenible y respetuoso de su identidad.