Proyecto de decreto del Ministerio de Minas y Energía sobre reglamentación del Banco de Áreas para la Formalización Minera
Proviene de: Proyectos de Decreto
21 de abril de 2026 14:27:1
Contexto y referencia normativa
El Ministerio de Minas y Energía anunciaría el proyecto de decreto número de 2026, con fecha de publicación prevista próximamente, cuyo propósito sería modificar el Decreto Único Reglamentario 1073 de 2015. Este decreto único regula el sector administrativo de minas y energía y ya había sido complementado por normas posteriores como el Decreto 1396 de 2023 y el Decreto 1949 de 2017. El proyecto buscaría fortalecer la formalización minera en Colombia, en línea con el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 y la Ley 2250 de 2022, que establece un marco jurídico especial para la legalización, formalización, financiamiento y comercialización minera.
Tema principal y propósito
El proyecto se enfocaría en la creación de una subsección dentro del capítulo dedicado a la formalización minera, denominada “Banco de Áreas para la Formalización Minera”. Este mecanismo sería administrado por la autoridad minera nacional y tendría como objetivo facilitar la formalización de personas o grupos que realizan actividades mineras sin título inscrito en el Registro Minero Nacional. Además, se buscaría atender a mineros informales de pequeña escala que necesiten reubicación por restricciones ambientales o sociales, promoviendo su acceso a áreas destinadas para formalización.
Modificaciones y regulaciones propuestas
El decreto establecería la creación formal del Banco de Áreas para la Formalización Minera, con un manual operativo a cargo de la autoridad minera. Este manual contemplaría criterios como la flexibilización de trámites, reducción de tiempos, requisitos para evaluación de áreas, mecanismos de promoción y publicidad, así como lineamientos para la priorización de beneficiarios incluyendo enfoques de equidad de género, étnicos y condiciones especiales para víctimas del conflicto armado.
Se definirían las fuentes de área que integrarían el Banco, entre ellas: áreas devueltas por concesionarios, las transferidas por la Sociedad de Activos Especiales, áreas liberadas por declaratoria de caducidad de contratos, y áreas de inversión del Estado terminadas por la autoridad minera. Se estipularía que estas áreas tendrían como única finalidad la formalización de mineros tradicionales y de pequeña escala, respetando los derechos de comunidades étnicas.
Adicionalmente, se corregiría un error tipográfico en la numeración de los capítulos del Decreto 1073 de 2015, reubicando secciones relativas a proyectos mineros especiales y formalización minera para mejorar la claridad normativa y la seguridad jurídica.
Acciones y disposiciones específicas
El proyecto indicaría que la autoridad minera otorgaría las áreas del Banco de Áreas conforme a los mecanismos legales vigentes, evaluando técnicamente cada solicitud. Se establecerían condiciones para que, si después de dos años las áreas no fueran asignadas a mineros con vocación de formalización, se liberarían para adjudicación mediante el régimen ordinario, garantizando transparencia y publicidad en el proceso.
También se incorporaría un enfoque diferenciado, simplificando trámites y promoviendo la articulación institucional para facilitar el acceso a la formalización minera, en concordancia con el Plan Único de Legalización y Formalización Minera (PULFM).
Participación de actores clave
La autoridad minera, adscrita al Ministerio de Minas y Energía, sería la entidad encargada de administrar el Banco de Áreas, implementar el manual operativo y realizar la evaluación y otorgamiento de áreas. La Sociedad de Activos Especiales también participaría en la transferencia de ciertas áreas. Además, se contemplaría la inclusión y priorización de comunidades étnicas, así como la atención a grupos vulnerables como mujeres cabeza de familia y víctimas del conflicto armado.
Información adicional y participación ciudadana
El proyecto de decreto habría sido publicado para comentarios en la página web del Ministerio de Minas y Energía en periodos determinados en 2025 y 2026, permitiendo la participación ciudadana mediante observaciones que serían analizadas e incorporadas en el texto final cuando correspondiera. Los interesados podrían acceder al documento completo y enviar sus comentarios durante los plazos establecidos para contribuir al proceso de reglamentación.
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Este análisis se basa en el contenido del proyecto de decreto presentado por el Ministerio de Minas y Energía, el cual aún no estaría en vigencia y estaría sujeto a revisión y aprobación conforme a los procesos legales correspondientes. Se espera que, una vez aprobado, este decreto contribuya significativamente a la formalización y regulación de la minería tradicional y de pequeña escala en Colombia, promoviendo un desarrollo minero más sostenible, inclusivo y respetuoso con los derechos de las comunidades y el medio ambiente.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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