Entidad emisora, número de norma, tipo de acto y fecha
La resolución fue expedida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) a través de la Dirección Territorial de Santander, bajo el número 102 de 2026, con fecha de expedición 2 de julio de 2026.
Objeto de la norma
La resolución regula el ajuste de los porcentajes de incremento aplicables a los avalúos catastrales de los predios rurales ubicados en las zonas homogéneas geoeconómicas del municipio de Suratá, en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 2294 de 2023.
Cambios normativos concretos
- Modifica los porcentajes de incremento determinados inicialmente en la Resolución IGAC 2057 de 2025 para las zonas homogéneas geoeconómicas rurales del municipio de Suratá.
- Actualiza la base catastral con los nuevos valores unitarios de terreno para la vigencia 2026.
- Confirma que para las zonas 01 y 02 se mantienen los valores establecidos en la Resolución 2057 de 2025.
- Establece que la aplicación del ajuste es uniforme para predios con destinos agropecuarios y no agropecuarios.
Obligaciones creadas
- La Dirección Territorial del IGAC debe actualizar la liquidación de avalúos catastrales en el Sistema Nacional Catastral conforme a los nuevos porcentajes de incremento.
- El municipio de Suratá y los sujetos catastrales deberán aplicar estos valores para la liquidación de avalúos catastrales vigentes a partir del 1° de enero de 2026.
- El IGAC debe publicar y comunicar esta resolución al municipio de Suratá y al departamento de Santander.
| ZONA GEOECONÓMICA |
% INCREMENTO RESOL. 2057 DE 2025 |
% INCREMENTO AJUSTADO RESOL. 102 DE 2026 |
| 03 | 410,00% | 192,00% |
| 04 | 234,00% | 119,00% |
| 05 | 156,00% | 86,00% |
| 06 | 159,00% | 106,00% |
| 07 | 284,00% | 97,00% |
| 08 | 412,00% | 183,00% |
| 09 | 585,00% | 176,00% |
| 10 | 543,00% | 207,00% |
| 11 | 464,00% | 235,00% |
| 12 | 608,00% | 186,00% |
| 13 | 392,00% | 198,00% |
| 14 | 515,00% | 133,00% |
| 15 | 719,00% | 198,00% |
| 16 | 757,00% | 272,00% |
| 17 | 1539,00% | 397,00% |
| 18 | 2358,00% | 377,00% |
| 19 | 2042,00% | 496,00% |
Ámbito de aplicación
La resolución tiene aplicación local, exclusivamente para las zonas homogéneas geoeconómicas rurales del municipio de Suratá, departamento de Santander. Afecta a los predios rurales ubicados en dichas zonas y a los sujetos obligados a cumplir con las obligaciones catastrales en esa jurisdicción.
Excepciones o exclusiones
No se modifican los valores para las zonas 01 y 02 del municipio, que mantienen los porcentajes definidos en la Resolución IGAC 2057 de 2025.
Base legal y facultades
La norma se expide en ejercicio de las facultades conferidas al IGAC por el artículo 3° de la Ley 14 de 1983, el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, y los numerales 5 y 7 del artículo 30 del Decreto 846 de 2021. Además, se fundamenta en el artículo 49 de la Ley 2294 de 2023 y en la metodología técnica adoptada mediante la Resolución IGAC 1912 de 2024.
Vigencia y régimen de transición
La resolución entra en vigencia a partir de su publicación, que se realizó el 21 de julio de 2026 en el Diario Oficial No. 53.560. Se establece que la aplicación de los nuevos porcentajes corresponde a la vigencia catastral con corte al 1° de enero de 2026. Al ser un acto administrativo de carácter general, contra esta resolución no procede recurso alguno conforme al artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA).
Conclusiones
La Resolución 102 de 2026 representa un ajuste significativo en los porcentajes de incremento de avalúos catastrales para las zonas rurales de Suratá, buscando una actualización más acorde con el valor real del mercado y la dinámica económica local. Los cambios buscan equilibrar la base gravable y garantizar una liquidación justa y uniforme para todos los predios rurales, tanto agropecuarios como no agropecuarios. Este ajuste tendrá impacto en la liquidación de impuestos y contribuirá a una mejor planificación territorial y fiscal en la región. Los sujetos catastrales y autoridades locales deben estar atentos para cumplir con las disposiciones y evitar sanciones por incumplimiento.