Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Tribunal Superior de Medellín confirma absolución en caso de despido sin justa causa y primas extralegales

Proviene de: Sentencias

27 de mayo de 2026 21:52:10

Providencia judicial en segunda instancia laboral

El Tribunal Superior de Medellín, en su Sala Tercera de Decisión Laboral, emitió una sentencia en ejercicio del grado jurisdiccional de consulta, confirmando la absolución en un proceso ordinario laboral radicado bajo el número 0500131050 13-2022-00128-01. La decisión se adoptó en una sesión virtual y se fundamentó en el análisis riguroso de la relación laboral, la modalidad contractual aplicable y la inexistencia de beneficios extralegales probados.

Antecedentes del caso

El demandante, quien desempeñó funciones como conductor de bus para el Consorcio demandado desde enero de 2015 hasta septiembre de 2019, solicitó el reconocimiento de la indemnización prevista en el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) por despido sin justa causa. Además, reclamó el reajuste de todos los conceptos salariales, sustentando esta pretensión en la existencia de cinco primas extralegales: clima, alimentación, alto riesgo u orden público, lejanía y de campo, que según él, no fueron pagadas ni incluidas en la liquidación definitiva. También se solicitó la imposición de la sanción moratoria del artículo 65 del CST y el pago de costas procesales. El Consorcio reconoció la existencia de la relación laboral y la afiliación a la seguridad social, pero sostuvo que el contrato terminó por vencimiento del plazo pactado, negando la existencia de un despido sin justa causa. Además, negó que se hubieran pactado o pagado primas extralegales, aclarando que cualquier mención a tales primas en las cláusulas contractuales se refería a conceptos extralegales no constitutivos de factor salarial. En primera instancia, el Juzgado Trece Laboral del Circuito de Medellín absolvió al...

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Laboral

No se encontraron sugerencias