Naturaleza de la providencia y tribunal
El Tribunal Administrativo del Putumayo, Sala Unitaria, emitió un auto interlocutorio como decisión de primera instancia en un proceso de acción popular.
Sentido de la decisión
- Inadmitir la acción popular interpuesta contra el Ministerio de Justicia y del Derecho, el Consejo Nacional de Estupefacientes, el Ministerio de Defensa Nacional, la Policía Nacional y la Dirección de Antinarcóticos.
- Conceder un plazo de tres días a la parte accionante para que subsane la demanda, aportando la documentación o justificación requerida, bajo pena de rechazo definitivo de la acción.
Razón principal de la decisión
El tribunal determinó que la demanda no cumple con el requisito procesal previo previsto en el artículo 144 del CPACA, que exige solicitar a la autoridad o al particular en funciones administrativas la adopción de medidas necesarias para proteger el derecho o interés colectivo amenazado antes de acudir a la jurisdicción. La parte demandante no acreditó haber realizado este requerimiento ni justificó suficientemente la excepción por peligro inminente de perjuicio irremediable. Además, el tribunal tuvo en cuenta que una acción de tutela ya había ordenado la suspensión provisional del plan piloto de aspersión aérea con glufosinato de amonio, lo que reduce la urgencia para excusar el cumplimiento del requisito previo.
Antecedentes relevantes
La acción popular fue interpuesta contra entidades nacionales responsables por la implementación de un plan piloto de erradicación de cultivos ilícitos mediante aspersión aérea con un herbicida. La demanda buscaba la protección de derechos colectivos relacionados con el ambiente sano, equilibrio ecológico, manejo racional de recursos naturales, conservación de...