Auto de la Corte Constitucional sobre conflicto de jurisdicciones entre juzgado laboral y administrativo en Sincelejo
Proviene de: Sentencias
23 de octubre de 2026 22:26:45
Naturaleza de la providencia y tribunal
El Auto 1288 de 2026 fue proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia, en calidad de instancia competente para resolver conflictos de competencia entre jurisdicciones, de conformidad con el artículo 241.11 de la Constitución Política.Sentido de la decisión
La Corte Constitucional resolvió:- Dirimir el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Laboral del Circuito de Sincelejo y el Juzgado 011 Administrativo del mismo circuito.
- Declarar competente a la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral para conocer la demanda ejecutiva presentada contra la Procuraduría General de la Nación.
- Remitir el expediente al Juzgado 002 Laboral para que continúe con el trámite del proceso y se comunique la decisión a las partes y al juzgado administrativo involucrado.
Razón principal de la decisión
El fundamento central para declarar la competencia de la jurisdicción ordinaria laboral radica en que la demanda ejecutiva se basa en el pago de acreencias laborales reconocidas mediante un acto administrativo. La jurisprudencia reiterada por la Corte, especialmente el Auto 613 de 2021, establece que corresponde a la jurisdicción ordinaria laboral conocer procesos ejecutivos que buscan hacer efectivos pagos derivados de relaciones laborales, aun cuando el reconocimiento se haya hecho en actos administrativos, siempre que no existan controversias sobre la validez de dichos actos. Además, la jurisdicción contencioso administrativa está limitada a conocer procesos ejecutivos fundamentados en títulos ejecutivos específicos, como sentencias condenatorias o contratos estatales, lo cual no aplica en este caso.Antecedentes fácticos y procesales
Un demandante presentó una demanda ejecutiva contra la Procuraduría...Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
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